¿Estás pagando una casa o hipoteca y pagas intereses? Ya que estamos en abril, ahora si toda la información ya debe estar preparada, y me refiero a la que necesitaremos para nuestra declaración anual de personas físicas, comprobantes fiscales, declaraciones realizadas, constancias de retenciones, etcétera, y no olvidemos solicitar también la constancia de intereses reales a la institución financiera, en caso de tener un crédito hipotecario, porque estos intereses también son deducibles si se cumplen algunos requisitos.
En el articulo 151 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (L.I.S.R.), en la fracción IV establece que para calcular el impuesto a pagar de ISR, entre otras deducciones se podrán, deducir “Los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de su casa habitación contratados con las instituciones integrantes del sistema financiero, siempre que el monto total de los créditos otorgados por dicho inmueble no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión, (750,000)”, aproximadamente equivale a 3.7 millones de pesos.
Cuáles son los intereses reales y cómo podemos deducirlos:
El interés real de una hipoteca se compone por el resultado de restarle la tasa de interés aplicable en el año menos la inflación que hubo en ese mismo periodo, es decir, si la tasa de interés es de 12% y la inflación fue de 4%, la deducción es de 8%”.
Para hacer aplicable esta deducción el Servicio de Administración Tributaria establece que solo se podrán deducir los intereses reales devengados efectivamente pagados.
Para conocer esta información se deberá solicitar a la institución con la que se haya contratado el crédito hipotecario, la constancia de intereses reales que hayamos pagado.
Que debe contener esta constancia:
Nombre
Domicilio
RFC del deudor hipotecario
Ubicación del inmueble
Intereses nominales devengados
Y el monto de los intereses reales pagados
Así como los datos de la institución que la proporciona.
Y como comentábamos al principio esta constancia será requisito indispensable si queremos deducir estos intereses, y se podrá solicitar a partir del mes de febrero.
La imagen anterior es un ejemplo de la constancia mencionada, y la cantidad de 13,280.87 que corresponden a los intereses reales pagados, son los que se debieron haber deducido cuando se presentó la declaración de esta persona física el año pasado.
Recordemos que para poder deducir estos intereses, la tasa aplicable debe rebasar la tasa de inflación.
Así que si va a presentar la declaración en este mes de abril y está pagando su casa, no olvide solicitar este documento.